Reglamento [Reg_LGEEPA_MOE]

Artículo 55 de REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico

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Artículo 55

CAPÍTULO QUINTO - DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO MARINO

Artículo 55.- La Secretaría promoverá la suscripción de bases de colaboración con otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal que tengan incidencia en zonas sujetas a procesos de ordenamiento ecológico marino.

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