CAPÍTULO VII - DE LA CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA INFE
Artículo 45.- El Instituto promoverá la certificación de competencias laborales de los recursos humanos involucrados en la ejecución de los programas de la INFE.
Artículo 45.- El Instituto promoverá la certificación de competencias laborales de los recursos humanos involucrados en la ejecución de los programas de la INFE.