Reglamento [Reg_LGIPD]

Artículo 25 de REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

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REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Reg_LGIPD)

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Artículo 25

Título Segundo - De los Derechos para las Personas con Discapacidad · Capítulo III - De la Educación

Artículo 25. Para la elaboración y actualización de los programas que deriven de los artículos 12, fracción I de la Ley y 41 de la Ley General de Educación, la Secretaría de Educación Pública podrá consultar al Consejo, a efecto de fortalecer en aquellos, los principios a que se refiere el artículo 5 de la Ley.

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