Reglamento [Reg_LGN]

Artículo 127 de REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

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Artículo 127

TÍTULO TERCERO - DEL DESARROLLO POLICIAL · Capítulo V - De la Doctrina Policial

Artículo 127. La Doctrina Policial de la Institución se fundará en los ejes siguientes:

I. Servicio a la sociedad;

II. Disciplina;

III. Respeto a los derechos humanos;

IV. Imperio de la ley;

V. Mando superior, y

VI. Perspectiva de género.

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