Reglamento [Reg_LGN]

Artículo 127 de REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional (Reg_LGN)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 127

TÍTULO TERCERO - DEL DESARROLLO POLICIAL · Capítulo V - De la Doctrina Policial

Artículo 127. La Doctrina Policial de la Institución se fundará en los ejes siguientes:

I. Servicio a la sociedad;

II. Disciplina;

III. Respeto a los derechos humanos;

IV. Imperio de la ley;

V. Mando superior, y

VI. Perspectiva de género.

Ver artículo Markdown