Artículo 127. La Doctrina Policial de la Institución se fundará en los ejes siguientes:
I. Servicio a la sociedad;
II. Disciplina;
III. Respeto a los derechos humanos;
IV. Imperio de la ley;
V. Mando superior, y
VI. Perspectiva de género.
Reglamento [Reg_LGN]
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Artículo 127. La Doctrina Policial de la Institución se fundará en los ejes siguientes:
I. Servicio a la sociedad;
II. Disciplina;
III. Respeto a los derechos humanos;
IV. Imperio de la ley;
V. Mando superior, y
VI. Perspectiva de género.
Navegación jurídica
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REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional (Reg_LGN)
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