Reglamento [Reg_LGPC]

Artículo 88 de REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil

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REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil (Reg_LGPC)

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Artículo 88

Capítulo XIV - Del Registro de Particulares y Dependencias Públicas que Ejercen la Actividad de Asesoría, Capacitación, Evaluación, Elaboración de Programas Internos de Protección Civil

Artículo 88. La constancia de inscripción es un documento electrónico cuya información es de carácter público en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

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