Artículo 64. En la substanciación de los procedimientos para la imposición de medidas precautorias o sanciones a los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil de los Centros de Atención por probables incumplimientos o irregularidades a la Ley, el presente Reglamento y las demás disposiciones jurídicas aplicables, se estará a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Reglamento [Reg_LGPSACDII]
Artículo 64 de REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Capítulo XIV - De las Medidas Precautorias las Infracciones y Sanciones
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Ley reglamentada
Ley General De Prestación De Servicios Para La Atención, Cuidado Y Desarrollo Integral Infantil
[LGPSACDII]
Norma citada
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
[LFPA]
Mismo capítulo
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[Reg_LGPSACDII]
Mismo capítulo
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[Reg_LGPSACDII]
Mismo capítulo
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