Reglamento [Reg_LGPSEDMTP]

Artículo 5 de REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos

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REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Reg_LGPSEDMTP)

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Artículo 5

TÍTULO SEGUNDO - DE LAS MEDIDAS Y MECANISMOS PARA PREVENIR, PROTEGER Y ASISTIR A LAS VÍCTIMAS, OFENDIDOS Y TESTIGOS DE LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS · CAPÍTULO I - DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN

Artículo 5. La Secretaría celebrará convenios de colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que operen programas dirigidos a zonas rurales y comunidades indígenas, para que brinden información sobre los delitos previstos en la Ley, en los cuales se expongan las formas de engaño y los riesgos de estos delitos, así como los datos de contacto de las autoridades a las cuales pueden acudir los afectados en caso de ser víctimas de algún delito en materia de trata de personas.

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