Reglamento [Reg_LGPSEDMTP]

Transitorio OCTAVO de REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos

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REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Reg_LGPSEDMTP)

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Transitorio OCTAVO

Transitorios

OCTAVO.- La Procuraduría contará con un plazo no mayor a noventa días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento para revisar y, en su caso, adecuar el Programa de Protección a Víctimas y Testigos, a fin de dar cumplimiento al artículo 83 de la Ley.

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