Reglamento [Reg_LGPSEDMTP]

Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos

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REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Reg_LGPSEDMTP)

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Transitorio QUINTO

Transitorios

QUINTO.- Los programas de capacitación, formación y actualización a que se refieren los artículos 89, fracción XV, de la Ley y 83 de este Reglamento deberán diseñarse dentro del plazo de ciento veinte días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento.

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