Reglamento [Reg_LGS_MCSAEPS]

Artículo 1324 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (Reg_LGS_MCSAEPS)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 1324

TITULO VIGESIMO QUINTO - Efectos del Ambiente en la Salud · CAPITULO I - Fuentes de Radiación

ARTICULO 1324.- Requiere permiso de la Secretaría y la evacuación de efluentes radiactivos de desagües, en alcantarillas y en la atmósfera, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias del Ejecutivo.

Ver artículo Markdown