Lectura de artículo · Reg_LGS_MCSAEPS

Artículo 160

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Artículo 160

TITULO SEGUNDO - Disposiciones Comunes · CAPITULO IX - Permisos Sanitarios

ARTICULO 160.- No se autorizará la importación de productos cuyo uso o consumo haya sido prohibido por razones sanitarias en su país de origen o por recomendación de organismos internacionales especializados.

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