CAPITULO II - De los Disponentes
ARTICULO 10.- En los términos de la Ley y de este Reglamento, los disponentes pueden ser originarios y secundarios.
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
CAPITULO II - De los Disponentes
ARTICULO 10.- En los términos de la Ley y de este Reglamento, los disponentes pueden ser originarios y secundarios.