TÍTULO CUARTO - DE LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN · CAPÍTULO II - DE LA IMPORTACIÓN DE LA MATERIA PRIMA, DERIVADOS FARMACOLÓGICOS Y MEDICAMENTOS DE CANNABIS
ARTÍCULO 58. Los interesados en importar para siembra, deberán presentar la solicitud para la expedición del certificado fitosanitario para la , así como la información y documentos siguientes:
- Nombre o denominación o razón social, registro federal de contribuyentes, en su caso, nombre y personalidad jurídica del representante legal, correo electrónico, domicilio del interesado, domicilio para oír y recibir notificaciones y nombre de las personas autorizadas para recibirlas en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
- Finalidad de la siembra, la cual deberá ser para:
- Investigación, en cuyo caso deberán presentar el autorizado, y
- Fabricación de Derivados Farmacológicos y de , en cuyo caso deberán presentar el registro sanitario vigente;
- Certificado expedido en el marco del Sistema de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos o, en su caso, certificado expedido por la autoridad competente del país exportador, que ampare la variedad de semilla, plántula o material de propagación importado, y que el interesado encuentra autorizado para la investigación o fabricación de ;
- Clase de envase o empaque que usará para importar el producto;
- Cantidad de semilla a importar;
- Mapa de la ubicación del , el cual deberá contener las coordenadas geográficas del Sistema de Coordenadas Universales Transversales de Mercator. Dicha información mantendrá de forma confidencial por razones de seguridad, y
- Copia certificada de la licencia sanitaria expedida por la COFEPRIS para producción de la para investigación o fabricación, en términos del presente Reglamento.