TÍTULO DÉCIMO CUARTO - Consejo Consultivo de la Publicidad · Capítulo único
ARTÍCULO 102. Los representantes a que se refiere la fracción III del artículo anterior, serán propuestos por el Presidente del Consejo y aprobados por mayoría de votos.
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
TÍTULO DÉCIMO CUARTO - Consejo Consultivo de la Publicidad · Capítulo único
ARTÍCULO 102. Los representantes a que se refiere la fracción III del artículo anterior, serán propuestos por el Presidente del Consejo y aprobados por mayoría de votos.