Reglamento [Reg_LGS_MP]

Artículo 102 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad (Reg_LGS_MP)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 102

TÍTULO DÉCIMO CUARTO - Consejo Consultivo de la Publicidad · Capítulo único

ARTÍCULO 102. Los representantes a que se refiere la fracción III del artículo anterior, serán propuestos por el Presidente del Consejo y aprobados por mayoría de votos.

Ver artículo Markdown