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Artículo 20

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad

Artículo 20

TÍTULO TERCERO - Publicidad de alimentos, suplementos alimenticios y bebidas no alcohólicas · Capítulo I - Disposiciones generales

ARTÍCULO 20. La de alimentos, suplementos alimenticios y bebidas no alcohólicas no deberá desvirtuar ni contravenir las disposiciones que en materia de educación nutricional, higiénica y de salud establezca la .

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