Reglamento [Reg_LGS_MPSAM]

Artículo 120 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica (Reg_LGS_MPSAM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 120

CAPITULO VI - Disposiciones Para la Prestación de Servicios Planificación Familiar

ARTICULO 120.- Dichas intervenciones deberán llevarse a efecto de conformidad con las normas oficiales mexicanas correspondientes.

Artículo reformado DOF 01-11-2013

Ver artículo Markdown