CAPITULO X - De las Autorizaciones y Revocación de las Mismas
ARTICULO 225.- Para obtener los permisos a que se refiere el artículo anterior, además de cumplir con las obligaciones que establece la Ley y el presente Reglamento, se estará a lo previsto por las normas oficiales mexicanas correspondientes.
Artículo reformado DOF 01-11-2013