CAPITULO VIII - Sanciones Administrativas
ARTICULO 79.-Para efectos de este Reglamento las sanciones administrativas aplicables son:
I.-Multa, y
II.-Arresto hasta por treinta y seis horas.
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REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional (Reg_LGS_MSI)
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ARTICULO 79.-Para efectos de este Reglamento las sanciones administrativas aplicables son:
I.-Multa, y
II.-Arresto hasta por treinta y seis horas.