CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 8o.-La documentación sanitaria podrá ser exigida, en cualquier momento, por la Secretaría en los casos establecidos en este Reglamento y demás disposiciones aplicables.
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 8o.-La documentación sanitaria podrá ser exigida, en cualquier momento, por la Secretaría en los casos establecidos en este Reglamento y demás disposiciones aplicables.