Artículo 69. La coordinación del Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes está a cargo del CENATRA.
Para efectos del párrafo anterior, el CENATRA tendrá las siguientes funciones:
I. Coordinar las actividades en materia de donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y células, de los integrantes del Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes;
II. Evaluar periódicamente los resultados alcanzados por los diferentes integrantes del Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes, y
III. Convocar a consensos para definir la homologación de los criterios de atención médica integral en materia de Trasplantes, así como la difusión de los mismos.