Reglamento [Reg_LGS_MT]

Artículo 71 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes

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Artículo 71

TÍTULO OCTAVO - RECONOCIMIENTO AL MÉRITO Y ALTRUISMO DEL DONADOR Y DE SUS FAMILIAS · Capítulo Único - Del Reconocimiento al Mérito y Altruismo del Donador y de sus Familias

Artículo 71. El CENATRA realizará anualmente, una ceremonia pública de entrega simbólica del reconocimiento al mérito y altruismo del Donador y de su familia.

Asimismo, el CENATRA promoverá que los Centros Estatales de Trasplantes o Consejos Estatales de Trasplantes, en el marco del Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes, programen anualmente, preferentemente durante el mes de septiembre, la realización de una ceremonia pública de entrega del reconocimiento al mérito y altruismo del Donador y de su familia.

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