Artículo 113.- Corresponde a la Secretaría imponer y fijar el tipo y monto de las sanciones previstas en la Ley, de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Reglamento [Reg_LGT]
Artículo 113 de REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
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TÍTULO QUINTO - DE LA VERIFICACIÓN, SANCIONES Y RECURSO DE REVISIÓN · CAPÍTULO II - DE LAS SANCIONES
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