Lectura de artículo · Reg_LGVS

Artículo 135

REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre

Artículo 135

TÍTULO QUINTO - APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA VIDA SILVESTRE · Capítulo OCTAVO - Aprovechamiento No Extractivo

Artículo 135. Para la transferencia de derechos de aprovechamiento no extractivo, los titulares de autorizaciones seguirán el procedimiento establecido en el artículo 92 de este Reglamento.

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