Reglamento [Reg_LGeo]

Artículo 11 de REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

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REGLAMENTO de la Ley de Geotermia (Reg_LGeo)

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Artículo 11

TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO III - De la Innovación, Desarrollo Tecnológico y Formación de Recursos Humanos

Artículo 11. La Secretaría, con el apoyo del Instituto Mexicano del Petróleo, el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, las universidades y los organismos certificadores en el marco del Sistema Nacional de Competencias, puede suscribir convenios y acuerdos para asegurar la participación de la comunidad académica nacional e internacional, desarrollar estándares de competencia y fomentar acciones en la industria geotérmica que coadyuven a los objetivos y metas del Sector Energético, la Justicia Energética y la reducción de la Pobreza Energética.

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