TÍTULO SEGUNDO - DE LAS MODALIDADES PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS GEOTÉRMICOS · CAPÍTULO I - De las Solicitudes
Artículo 16. El otorgamiento de Permisos de Exploración, Permisos para Usos Diversos o Concesiones por parte de la Secretaría se debe ajustar a los criterios establecidos en la Ley, el Reglamento y la normativa aplicable en materia de geotermia.