Artículo 67. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley, el aviso por la existencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito debe contener al menos lo siguiente:
I. Descripción detallada de los hechos o acontecimientos que puedan configurar el evento de fuerza mayor o caso fortuito que se reporta;
II. Exposición de la afectación en el desarrollo de las actividades objeto del Permiso de Exploración, Permiso para Usos Diversos, Concesión o Aprovechamiento Geotérmico Exento;
III. Medidas de control y mitigación implementadas con motivo de los hechos o acontecimientos que puedan configurar el evento de fuerza mayor o caso fortuito;
IV. Evidencia documental, fotográfica, técnica o aquella que estime idónea y suficiente para acreditar el evento de caso fortuito o fuerza mayor, y
V. La pretensión de la persona titular del Permiso de Exploración, Permiso para Usos Diversos, Concesión o Aprovechamiento Geotérmico Exento, de hacer del conocimiento de la Secretaría lo que corresponda.