TÍTULO TERCERO - DE LOS TRÁMITES RELACIONADOS A LOS PERMISOS Y CONCESIONES · CAPÍTULO IX - De la Modificación de los Permisos de Exploración, Permisos para Usos Diversos o Concesiones
Artículo 78. Además de las gestiones ante la Secretaría, las personas titulares de permisos y Concesiones que soliciten a la Secretaría la modificación de estos, también deben cumplir con las disposiciones previstas en la legislación y normatividad aplicable en materia ambiental e hídrica.