Artículo 215

Libro cuarto - Disposiciones finales · Título primero - De la PLATIICA · Capítulo único - Del Premio Nacional de Calidad

Artículo 215. Se instituye el Premio Nacional de Calidad como incentivo de la Secretaría de conformidad con lo que establece el artículo 137 de la Ley, en las siguientes categorías:

I. Fabricantes y productores;

II. Comercializadores;

III. Prestadores de servicios;

IV. Importadores;

V. Exportadores;

VI. Entidades de Acreditación;

VII. Organismos de Evaluación de la Conformidad;

VIII. Organismos Nacionales de Estandarización;

IX. Sujetos Facultados para Estandarizar, y

X. Aquellas categorías que la Secretaría determine.

Solo se puede otorgar un premio por cada una de las categorías anteriores.

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