TITULO SEGUNDO - De los Servicios Nacionales de Estadística y de Información Geográfica. · CAPITULO IV - De las Autorizaciones para la toma de Fotografías Aéreas y la Realización de Estudio y Exploraciones Geográficas en el Territorio Nacional.
ARTICULO 52.- Los gobiernos locales y municipales, con base en los convenios que en materia de estadística y de información geográfica celebren con el Ejecutivo Federal, informarán a la Secretaría de los levantamientos de fotografías aéreas con cámaras métricas o de reconocimiento y de otras imágenes de percepción remota, y le remitirán copia de dichos trabajos.