Reglamento [Reg_LIEG]

Artículo 90 de REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica

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REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica (Reg_LIEG)

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Artículo 90

TITULO QUINTO - De los Procedimientos, Infracciones y Sanciones. · CAPITULO UNICO

ARTICULO 90.- En los recursos de revocación que se interpongan en contra de las resoluciones que dicte la Secretaría, deberá acreditarse la personalidad de quien promueva y podrán ofrecerse toda clase de pruebas, excepto la confesional de las autoridades.

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