Transitorios
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reglamento [Reg_LIEPS]
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REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (Reg_LIEPS)
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PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.