Reglamento [Reg_LIEPS]

Transitorio SEGUNDO de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (Reg_LIEPS)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículos cercanos

Artículo 19 Transitorio PRIMERO

Transitorio SEGUNDO

Transitorios

SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios publicado en el Diario Oficial de la Federación del 29 de febrero de 1984.

A partir de la entrada en vigor de este Reglamento quedan sin efecto, en lo que se opongan al mismo, las disposiciones de carácter administrativo en materia del impuesto especial sobre producción y servicios.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.

Ver artículo Markdown