Artículo 194. Los contribuyentes que perciban ingresos de los señalados en el Título IV, Capítulo III de la Ley, podrán calcular el último pago provisional considerando en lugar de los ingresos y de las deducciones del periodo que corresponda, los del año calendario, aplicando la tarifa del artículo 152 de la Ley y acreditando los pagos provisionales efectuados en el ejercicio, así como las retenciones.
Reglamento [Reg_LISR]
Artículo 194 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
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TÍTULO IV - De las Personas Físicas · CAPÍTULO III - De los Ingresos por Arrendamiento y en General por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles
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