Reglamento [Reg_LIVA]

Artículo 36 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

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Artículo 36

Capítulo III - De la prestación de servicios

Artículo 36. Para los efectos del artículo 15, fracción IX de la Ley, se entiende por seguros de vida, los que bajo esta denominación señale la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

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