Lectura de artículo · Reg_LMigra

Artículo 13

REGLAMENTO de la Ley de Migración

Artículo 13

TÍTULO TERCERO - DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA MIGRATORIA, LA CERTIFICACIÓN Y DISPOSICIONES COMUNES AL PERSONAL DEL INSTITUTO · Capítulo recorrido (antes Capítulo Primero) con denominación reformada DOF 23-05-2014

Artículo 13. Todos los servidores públicos del Instituto, están sujetos a la aprobación de las evaluaciones correspondientes al proceso de certificación.

Párrafo adicionado DOF

El Instituto emitirá los lineamientos de operación del Centro de Evaluación, detallando las características, términos, modalidades y periodicidad con que se practiquen las evaluaciones.

El Centro de Evaluación, atendiendo a los lineamientos de operación, programará los lugares y las fechas en que los o servidores públicos en servicio activo deberán presentarse para ser sometidos al proceso de certificación.

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