Artículo 15. El proceso de certificación comprende las siguientes evaluaciones:
I. Médica;
II. Toxicológica;
III. Psicológica;
IV. Poligráfica;
V. Antecedentes y entorno socioeconómico, y
VI. Las demás que se consideren necesarias de acuerdo a la normativa vigente.
Reforma DOF 23-05-2014: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo