"Diferencia entre pintura y fotografía: Una foto esta realizada por un ojo mecánico, completamente mediocre; En cambio, una pintura esta realizada a través de un ojo cuasi-divino, creado por Dios."
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Ley De Migración (LMigra)

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Ley De Migración

El texto fuente indica que esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2011. También señala texto vigente con última reforma publicada el 15 de enero de 2026.

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Relación normativa

Reglamentos vinculados

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Resumen de la ley

La Ley De Migración regula el ingreso y salida de personas mexicanas y extranjeras del territorio nacional, así como el tránsito, estancia, regularización, retorno asistido y deportación de personas extranjeras en México. Establece una política migratoria basada en derechos humanos, unidad familiar, interés superior de niñas, niños y adolescentes, perspectiva de género, convencionalidad, seguridad nacional y facilitación de movilidad. Reconoce derechos de migrantes sin importar su situación migratoria, define facultades de la Secretaría de Gobernación, Instituto Nacional de Migración, Secretaría de Relaciones Exteriores y otras autoridades, y regula visas, condiciones de estancia, estaciones migratorias, protección a grupos vulnerables, trámites, verificación, sanciones y procedimientos administrativos.

Movilidad humana y migración. Derechos humanos de migrantes. Visas y condiciones de estancia. Unidad familiar y residencia. Regularización migratoria. Niñez migrante y grupos vulnerables. Estaciones migratorias. Verificación y revisión migratoria.

Lo esencial

Qué regula

  • Ingreso, salida, tránsito y estancia de personas en México.
  • Política migratoria del Estado mexicano.
  • Derechos y obligaciones de migrantes.
  • Facultades de Secretaría de Gobernación, Instituto Nacional de Migración y Relaciones Exteriores.
  • Visas, internación, rechazo y lugares destinados al tránsito internacional.
  • Condiciones de estancia: visitante, residente temporal y residente permanente.
  • Regularización migratoria.
  • Verificación, revisión y presentación de extranjeros.
  • Estaciones migratorias, grupos vulnerables y niñez migrante.
  • Retorno asistido, deportación, expulsión y sanciones.

A quién aplica

  • Personas mexicanas que entran o salen del país.
  • Personas extranjeras que ingresan, transitan, residen o salen de México.
  • Personas migrantes en situación regular o irregular.
  • Niñas, niños y adolescentes migrantes.
  • Instituto Nacional de Migración y autoridades migratorias.
  • Secretaría de Gobernación y Secretaría de Relaciones Exteriores.
  • Empresas de transporte internacional.
  • Procuradurías de protección, DIF y autoridades de salud, turismo, seguridad y justicia.
  • Organizaciones de la sociedad civil que apoyan a migrantes.

Materias principales

  • Movilidad humana y migración.
  • Derechos humanos de migrantes.
  • Visas y condiciones de estancia.
  • Unidad familiar y residencia.
  • Regularización migratoria.
  • Niñez migrante y grupos vulnerables.
  • Estaciones migratorias.
  • Verificación y revisión migratoria.
  • Retorno asistido y deportación.
  • Sanciones migratorias.

Derechos principales

  • Derecho de toda persona extranjera a derechos y libertades constitucionales sin importar situación migratoria.
  • Derecho al libre tránsito con límites legales.
  • Derecho a servicios educativos y médicos, incluida atención urgente gratuita para preservar la vida.
  • Derecho a actos del Registro Civil.
  • Derecho a unidad familiar.
  • Derecho a procuración e impartición de justicia, debido proceso y quejas de derechos humanos.
  • Derecho a personalidad jurídica, información, intérprete y traductor.
  • Derecho de niñas, niños y adolescentes migrantes a no ser privados de libertad por motivos migratorios.
  • Derecho a regularizar situación migratoria en supuestos previstos.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaría de Gobernación.
  • Instituto Nacional de Migración.
  • Secretaría de Relaciones Exteriores.
  • Secretaría de Turismo.
  • Secretaría de Salud.
  • Fiscalía General de la República.
  • Sistema Nacional DIF y sistemas estatales DIF.
  • Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
  • Secretaría de las Mujeres.
  • Autoridades judiciales y de seguridad pública.
  • Oficinas consulares mexicanas.

Obligaciones principales

  • Migrantes deben cumplir obligaciones migratorias, fiscales, sanitarias y administrativas aplicables.
  • Autoridades deben respetar derechos humanos y brindar información clara.
  • El Instituto debe ejecutar, controlar y supervisar actos migratorios.
  • Empresas de transporte deben verificar documentación y transmitir información de pasajeros y tripulación.
  • Autoridades deben avisar a procuradurías de protección en casos de niñez migrante.
  • El Instituto debe garantizar condiciones dignas en estaciones migratorias y procedimientos.
  • Empresas y particulares deben cumplir requisitos de internación, salida y documentación.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Solicitud de visa.
  • Internación y salida del territorio nacional.
  • Solicitud de condición de estancia.
  • Tarjeta de residencia temporal o permanente.
  • Regularización migratoria.
  • Permisos de salida y regreso.
  • Verificación o revisión migratoria.
  • Presentación ante autoridad migratoria.
  • Retorno asistido o deportación.
  • Solicitud de refugio, protección complementaria, asilo o determinación de apátrida.
  • Quejas de derechos humanos y asesoría legal.

Sanciones o consecuencias

  • Empresas de transporte pueden recibir multas por transportar personas sin documentación vigente.
  • Servidores públicos pueden ser sancionados por negar derechos o servicios a migrantes.
  • Personas extranjeras pueden ser deportadas en supuestos previstos por la ley.
  • Retener documentación migratoria sin competencia puede generar multa.
  • Matrimonios simulados para obtener residencia pueden sancionarse.
  • Empresas marítimas pueden ser multadas si permiten desembarco sin permiso del Instituto.
  • La situación migratoria irregular no configura por sí misma un delito.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
Autoridad migratoriaServidor público con potestad legal para funciones migratorias.
Condición de estanciaSituación regular de una persona extranjera según residencia, actividad o criterios humanitarios.
InstitutoInstituto Nacional de Migración.
Persona extranjeraPersona que no posee nacionalidad mexicana.
Persona mexicanaPersona que cumple requisitos constitucionales de nacionalidad mexicana.
Persona migrantePersona que sale, transita o llega a un Estado distinto al de su residencia.
Situación migratoriaHipótesis jurídica regular o irregular por cumplimiento o incumplimiento de disposiciones migratorias.
Tarjeta de residenciaDocumento que acredita residencia temporal o permanente.
VisaAutorización consular o electrónica para solicitar ingreso y estancia.
Retorno asistidoProcedimiento por el cual el Instituto hace abandonar el país a una persona extranjera hacia su país de origen o residencia.
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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define objeto de la ley.
2Establece principios de política migratoria.
3Contiene definiciones esenciales.
6Reconoce derechos de personas extranjeras sin importar situación migratoria.
8Garantiza acceso a educación y salud.
11Reconoce debido proceso y quejas de derechos humanos.
18 a 20Regulan atribuciones de SEGOB e INM.
40Enumera tipos de visa.
52Regula condiciones de estancia.
68Limita presentación de migrantes.
111Fija plazo para resolver situación migratoria de presentados.
128 a 131Regulan plazos de trámites migratorios.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Objeto y política migratoria1 a 5Entender principios, definiciones y autoridad responsable.
Derechos de migrantes6 a 17Revisar salud, educación, justicia, unidad familiar e información.
Autoridades migratorias18 a 30Ubicar funciones de SEGOB, INM, SRE, DIF, salud, turismo y Fiscalía.
Ingreso y salida31 a 51Conocer lugares de tránsito, visas, requisitos, rechazo y empresas transportistas.
Condiciones de estancia52 a 65Distinguir visitantes, residentes temporales y permanentes.
Situación irregular66 a 73Revisar derechos, presentación y protección a migrantes irregulares.
Verificación y revisión92 a 98Entender visitas y revisiones migratorias.
Presentación y estaciones99 a 113Conocer alojamiento temporal, derechos y grupos vulnerables.
Retorno y deportación114 a 125Revisar retorno asistido, deportación y expulsión.
Trámites y sanciones126 a 153Ubicar plazos, regularización, multas y responsabilidades.
Plazos importantes
  • La presentación de migrantes en situación irregular no puede exceder treinta y seis horas desde su puesta a disposición, salvo supuestos legales posteriores.
  • El acuerdo de presentación debe emitirse dentro de veinticuatro horas siguientes a la puesta a disposición.
  • El Instituto debe resolver la situación migratoria de extranjeros presentados en un plazo no mayor de quince días hábiles.
  • Residentes temporales y permanentes deben gestionar tarjeta de residencia dentro de treinta días naturales desde su ingreso.
  • La autoridad migratoria debe resolver trámites migratorios en no más de veinte días hábiles desde que se cumplen requisitos.
  • Las solicitudes de visa en oficinas consulares deben resolverse en diez días hábiles.
  • La prevención por requisitos omitidos otorga diez días hábiles para subsanar.
  • Informes u opiniones de otras autoridades deben emitirse en diez días naturales.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley De Migración?

Regula ingreso, salida, tránsito, estancia, regularización, retorno y deportación de personas extranjeras en México, con enfoque de derechos humanos.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar visas, residencia, regularización, derechos de migrantes, estaciones migratorias, retorno asistido, deportación o sanciones migratorias.

¿Una persona migrante irregular pierde sus derechos?

No. La ley reconoce derechos y libertades de migrantes con independencia de su situación migratoria.

¿Cuánto tarda un trámite migratorio?

La autoridad migratoria debe resolver en un plazo no mayor a veinte días hábiles desde que se cumplen los requisitos formales, salvo reglas específicas.

¿Qué pasa con niñas, niños y adolescentes migrantes?

Deben aplicarse el interés superior, aviso a procuradurías de protección y el principio de no privación de libertad por motivos migratorios.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley De Migración

172 artículos disponibles en LMigra.

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LEY DE MIGRACIÓN
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2011
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 15-01-2026

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :