Ley [LMigra]
Artículo 4 de Ley De Migración
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 4. La aplicación de corresponde a la Secretaría, para lo cual podrá auxiliarse y coordinarse con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuyas atribuciones estén vinculadas con la materia migratoria.