Artículo quinto

TRANSITORIOS

QUINTO. Las erogaciones que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la , deban realizar para dar cumplimiento a las acciones establecidas en la Ley de Migración, se sujetarán a su disponibilidad presupuestaria aprobada para ese fin por la en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

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