Reglamento [Reg_LNCM]

Artículo 251 de REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

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REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (Reg_LNCM)

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Artículo 251

Título Tercero - De la Navegación · Capítulo II - Resguardo Marítimo Federal · Sección I - De su Organización

Artículo 251.- El Comandante General coordinará y supervisará por sí o a través del Subcomandante General, las actividades de REMAFE que desarrollen los Comandantes locales.

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