Lectura de artículo · Reg_LNCM

Artículo 250

REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Artículo 250

Título Tercero - De la Navegación · Capítulo II - Resguardo Marítimo Federal · Sección I - De su Organización

Artículo 250.- Los servidores públicos que participan en el cuerpo a que se refiere el artículo 244 de este Reglamento, realizarán las actividades de en los términos que se indiquen en el Manual que para tal efecto expida la .

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