Transitorios
CUARTO.- Los cambios en la estructura y en los programas que sean necesarios para implementar el presente Reglamento serán cubiertos con el presupuesto autorizado a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
REGLAMENTO de la Ley de Nacionalidad
Transitorios
CUARTO.- Los cambios en la estructura y en los programas que sean necesarios para implementar el presente Reglamento serán cubiertos con el presupuesto autorizado a la Secretaría de Relaciones Exteriores.