Artículo 42.- La Dirección General de Política y Estadística Criminal, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con la estructura siguiente:
I. Dirección de Administración de Sistemas en Geomática;
II. Dirección de Proyectos Específicos en Materia Criminal;
III. Dirección de Estadística;
IV. Dirección de Investigaciones Criminológicas;
V. Dirección del Centro de Información;
VI. Dirección de Política y Prospectiva Criminal;
VII. Dirección de Diseño y Análisis de Indicadores para la Política Criminal;
VIII. Dirección para el Fortalecimiento del Marco Jurídico Criminal;
IX. Dirección de Enlace Interinstitucional y Atención a Usuarios, y
X. Oficina de Información Pública.