Reglamento [Reg_LOPGJDF]

Artículo Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

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Transitorio QUINTO

Transitorios

QUINTO. El Procurador expedirá los lineamientos para adscribir al personal de las unidades administrativas de la Dependencia que se vean modificadas, respecto a las disposiciones anteriormente vigentes, conforme a la nueva estructura prevista en el presente Reglamento.

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