Transitorios
SÉPTIMO. La Fiscalía de Procesos en Juzgados de Paz Penal a que hace referencia la fracción IV del artículo 2, y IV del artículo 62 del presente ordenamiento, cambiará su denominación a Fiscalía de Procesos en Juzgados de Delitos No Graves, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Sexto Transitorio del “Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2011.