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Artículo 113

REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República

Artículo 113

CAPÍTULO DÉCIMO OCTAVO - DE LAS EVALUACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Artículo 113. El Centro de Evaluación y Control de Confianza practicará los procesos de evaluación siguientes:

  1. De control de confianza;
  2. Del desempeño, y
  3. De competencias profesionales.
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