Artículo 114

CAPÍTULO DÉCIMO OCTAVO - DE LAS EVALUACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Artículo 114. El proceso de evaluación de control de confianza comprenderá los exámenes siguientes:

I. Patrimonial y de entorno social;

II. Médico;

III. Psicométrico y psicológico;

IV. Poligráfico;

V. Toxicológico, y

VI. Los demás que establezcan las normas aplicables.

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