Artículo 269.- La publicación de la circular a que se refiere el párrafo segundo del artículo 78 de la Ley deberá realizarse en CompraNet y simultáneamente enviarse al Diario Oficial de la Federación para los mismos efectos. La inhabilitación surtirá efectos a partir de la publicación de la circular correspondiente en CompraNet.
Reglamento [Reg_LOPSRM]
Artículo 269 de REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO QUINTO - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES · CAPÍTULO ÚNICO
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
[LOPSRM]
Artículo citado
Artículo 78 de LOPSRM
[LOPSRM]
Mismo capítulo
Artículo 268 de Reg_LOPSRM
[Reg_LOPSRM]
Mismo capítulo
Artículo 270 de Reg_LOPSRM
[Reg_LOPSRM]
Mismo capítulo
Artículo 267 de Reg_LOPSRM
[Reg_LOPSRM]
Mismo capítulo
Artículo 271 de Reg_LOPSRM
[Reg_LOPSRM]
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (Reg_LOPSRM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.