Lectura de artículo · Reg_LPF

Artículo 130

REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Artículo 130

TÍTULO TERCERO - DEL DESARROLLO POLICIAL · CAPÍTULO PRIMERO - DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL

Artículo 130.- Para permanecer en la , los deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 17, apartado B, de la Ley.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 130

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 130 Llegan al 130
Publicidad