Transitorios
SEXTO.- La Secretaría emitirá en un plazo no mayor a seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente ordenamiento, el distintivo nacional a que refiere el artículo 42 del presente Reglamento.
Reglamento [Reg_LPO]
Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.
Ver reglamento completo
REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos (Reg_LPO)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.
SEXTO.- La Secretaría emitirá en un plazo no mayor a seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente ordenamiento, el distintivo nacional a que refiere el artículo 42 del presente Reglamento.